Temperaturas

Control de temperaturas en restaurantes: valores legales y rutina

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Qué temperaturas son ley, cuáles son recomendación de guía y cómo convertirlo todo en una rutina de control por turnos que se sostenga sola: la referencia para restaurantes de Cataluña.

Redacción: Equipo editorial de Kokoro AI Revisión técnica: Operaciones y Seguridad Alimentaria Publicado: 14 de mayo de 2026 Última revisión: 22 de julio de 2026 9 min de lectura

Las temperaturas que debe cumplir un restaurante en Cataluña las fija la normativa estatal — Cataluña no tiene valores propios. Las dos normas de cabecera son el Real Decreto 1021/2022 (art. 4, conservación: por ejemplo, aves a ≤ 4 °C, carne de ungulados a ≤ 7 °C, congelados a ≤ −18 °C) y el Real Decreto 1086/2020 (art. 30, comidas preparadas: calientes a ≥ 63 °C, refrigeradas a ≤ 8 °C o ≤ 4 °C según la duración, enfriamiento de 60 a 10 °C en un máximo de 2 horas). Registrar estas temperaturas es el prerrequisito de control que recomiendan las guías de la ACSA y de la ASPB, y la evidencia que te pedirá cualquier inspección.

Los valores legales: la tabla de referencia

Infografía del control de temperaturas en un restaurante con los valores del RD 1021/2022: refrigeración ≤8 °C o ≤4 °C, congelación ≤−18 °C y mantenimiento en caliente ≥63 °C
Flujo de control de temperaturas con los valores de referencia del RD 1021/2022 para comidas preparadas.

Antes de diseñar ninguna rutina, hay que tener claro qué valores son obligación legal. Son estos, con la norma y el artículo que los fija:

Producto / procesoTemperatura legalNorma y artículo
Carne de ungulados domésticos y caza mayor≤ 7 °CRD 1021/2022, art. 4
Aves de corral, lagomorfos y caza menor≤ 4 °CRD 1021/2022, art. 4
Despojos≤ 3 °CRD 1021/2022, art. 4
Productos de la pesca y moluscos bivalvos vivos≤ 4 °CRD 1021/2022, art. 4
Productos congelados≤ −18 °CRD 1021/2022, art. 4
Comidas preparadas calientes≥ 63 °CRD 1086/2020, art. 30
Comidas preparadas refrigeradas (consumo en < 24 h)≤ 8 °CRD 1086/2020, art. 30
Comidas preparadas refrigeradas (consumo en > 24 h)≤ 4 °CRD 1086/2020, art. 30
Enfriamiento de comidas preparadasDe 60 °C a 10 °C en ≤ 2 hRD 1086/2020, art. 30
Marco legal

El artículo 30 del RD 1086/2020, en la redacción que le da el RD 1021/2022, es el que regula las temperaturas de las comidas preparadas. En cuanto a los huevos, el artículo 6 del RD 1021/2022 permite usar huevo fresco si el plato alcanza 70 °C durante 2 segundos (o 63 °C durante 20 segundos) en el centro del producto y es de consumo inmediato.

Estos valores se aplican igual en todo el Estado: en Cataluña, las autoridades de control (ayuntamientos, ASPB, ASPCAT) verifican el cumplimiento de esta normativa estatal. Para el detalle completo del marco español puedes consultar la guía nacional de control de temperaturas.

Qué es ley y qué es recomendación de guía

Aquí es donde muchos restaurantes se hacen un lío, y donde una inspección distingue enseguida a quien lo tiene claro:

  • Los valores de la tabla anterior son ley. Superarlos es un incumplimiento normativo, se registre o no se registre.
  • El plan de control de temperaturas con registros es un prerrequisito recomendado por las guías oficiales de la ACSA y de la ASPB dentro del autocontrol. Las guías no fijan valores legales propios: recomiendan el sistema de vigilancia que te permite demostrar que cumples los valores estatales.

La consecuencia práctica es doble. Primera: no puedes «negociar» los valores — una cámara de pescado a 6 °C está fuera de norma aunque tu plan diga otra cosa. Segunda: como el autocontrol basado en el APPCC es obligatorio (artículo 5 del Reglamento (CE) 852/2004), la ausencia de vigilancia y de registros de temperatura te deja sin manera de acreditar el cumplimiento ante el bloque de autocontroles de una inspección sanitaria. El marco general lo encontrarás en la guía de normativa APPCC para restaurantes en Cataluña.

La rutina operativa: control por turnos

Un control de temperaturas que funciona no depende de la memoria de nadie: está anclado a los turnos. Este es un esquema probado para un restaurante con servicio de mediodía y de noche:

  1. Apertura (primer turno de cocina). Lectura y registro de todas las cámaras, congeladores y vitrinas antes de empezar la producción. Es el momento de detectar una avería nocturna antes de que afecte al género.
  2. Recepción de mercancía. Comprobación de la temperatura de los productos refrigerados y congelados a la llegada, antes de aceptar el albarán. Un lote que llega fuera de temperatura se rechaza y se deja anotado.
  3. Durante el servicio. Vigilancia de los equipos de mantenimiento en caliente (≥ 63 °C) y de las vitrinas frías de sala. Si haces enfriamiento de producciones, control del tiempo: de 60 a 10 °C en un máximo de 2 horas.
  4. Cierre. Última lectura de cámaras y congeladores, revisión de que todo el género está protegido, fechado y dentro de temperatura, y anotación de cualquier incidencia del día.

La checklist mínima de cada turno:

  • Todas las cámaras y congeladores leídos y registrados (equipo, valor, hora, responsable).
  • Temperatura de recepción comprobada en cada entrega refrigerada o congelada.
  • Mantenimiento en caliente verificado a ≥ 63 °C durante el servicio.
  • Enfriamientos cronometrados (60 → 10 °C en ≤ 2 h) cuando los hay.
  • Incidencias anotadas con la medida correctora aplicada y quién la ha decidido.

Los registros: el prerrequisito que lo sostiene todo

El registro de temperaturas es la evidencia central del plan de control de temperaturas, uno de los prerrequisitos que la ACSA identifica para la restauración. Un buen registro — en papel o digital — debe recoger como mínimo:

  • Equipo o proceso medido (cámara 1, congelador de pescado, mantenimiento en caliente, enfriamiento de la producción X).
  • Valor leído y hora de la lectura.
  • Responsable que ha hecho la lectura.
  • Incidencia y medida correctora, cuando el valor sale del límite.

Tres criterios de calidad que marcan la diferencia en una inspección:

  • Regularidad real: registros generados en cada turno, no reconstruidos a final de semana. Una hoja con la misma tinta y la misma letra para quince días se delata sola.
  • Coherencia con el plan: si tu plan dice dos lecturas diarias por cámara, tiene que haber dos lecturas diarias por cámara.
  • Incidencias documentadas de punta a punta: valor fuera de límite → acción tomada → comprobación posterior. Una incidencia bien gestionada y bien documentada juega a tu favor: demuestra que el sistema funciona.

Desviaciones: qué hacer cuando una temperatura sale de límite

Ningún equipo de frío es infalible. Lo que diferencia a un autocontrol maduro es la respuesta ante la desviación. Un circuito de buenas prácticas, alineado con la lógica de las guías oficiales:

  1. Confirma la lectura. Repite la medición al cabo de unos minutos y comprueba el termómetro: descarta una puerta mal cerrada, un desescarche en curso o una sonda desviada.
  2. Evalúa el producto, no solo el equipo. Mide la temperatura en el corazón de los alimentos afectados y estima cuánto tiempo pueden haber estado fuera de rango.
  3. Decide y actúa. Según el caso: traslada el género a otro equipo, acorta su vida útil, cocínalo inmediatamente o recházalo. Ante la duda con productos sensibles, la decisión conservadora es rechazar.
  4. Regístralo todo: la desviación, la valoración, la decisión tomada y quién la ha tomado.
  5. Ataca la causa: si un equipo repite desviaciones, hace falta mantenimiento o sustitución; dejarlo en «ya lo miraremos» convierte una incidencia en un patrón que una inspección detectará.
Atención

El mantenimiento en caliente es la desviación más castigada en restauración: un baño maría que aguanta las comidas preparadas a 50 °C durante todo el servicio incumple el límite legal de ≥ 63 °C (art. 30 del RD 1086/2020) y afecta directamente a lo que se sirve al cliente. Merece vigilancia específica en cada servicio.

Cómo lo revisa la inspección en Cataluña

En una inspección programada, las temperaturas aparecen en dos bloques a la vez: en el de productos, elaboración y manipulación (el inspector mide temperaturas reales de cámaras y de comidas preparadas el día de la visita) y en el de autocontroles (revisa el plan de control de temperaturas y la continuidad de los registros). Cumplir el día de la visita pero no poder enseñar registros — o al revés — son no conformidades distintas, y ambas suman en contra en la puntuación de riesgo.

La combinación ganadora es sencilla de enunciar: equipos dentro de límite + registros continuos + incidencias cerradas. Encontrarás el resto de piezas del sistema en el hub de seguridad alimentaria en Cataluña, empezando por la documentación sanitaria que debe poder enseñar un restaurante.

Qué debes recordar

  • Las temperaturas obligatorias son estatales: Cataluña no fija valores propios; las guías ACSA/ASPB recomiendan el sistema de vigilancia, no los límites.
  • Conservación (RD 1021/2022, art. 4): ungulados ≤ 7 °C, aves ≤ 4 °C, despojos ≤ 3 °C, pesca ≤ 4 °C, congelados ≤ −18 °C.
  • Comidas preparadas (RD 1086/2020, art. 30): calientes ≥ 63 °C; refrigeradas ≤ 8 °C (consumo en menos de 24 h) o ≤ 4 °C (más de 24 h).
  • El enfriamiento de comidas preparadas debe pasar de 60 a 10 °C en un máximo de 2 horas (RD 1086/2020, art. 30).
  • El registro de temperaturas es el prerrequisito que te permite demostrar el cumplimiento: anclado a los turnos (apertura, recepción, servicio, cierre), no a la memoria.
  • Toda desviación debe quedar documentada con la medida correctora: valor, valoración del producto, decisión y responsable.
  • La inspección lo revisa por partida doble: temperaturas reales el día de la visita y continuidad de los registros en el bloque de autocontroles.

Preguntas frecuentes

¿Qué temperatura deben tener las comidas preparadas calientes en un restaurante?

Como mínimo 63 °C, según el artículo 30 del RD 1086/2020 (en la redacción del RD 1021/2022). Es el valor que se aplica al mantenimiento en caliente durante el servicio: baños maría, mesas calientes y armarios de mantenimiento deben garantizar esa temperatura hasta el momento de servir.

¿A qué temperatura se deben conservar las comidas preparadas refrigeradas?

Depende de la duración prevista: a un máximo de 8 °C si se van a consumir en menos de 24 horas, y a un máximo de 4 °C si se conservarán más de 24 horas (art. 30 del RD 1086/2020). Por eso las producciones para más de un día deben ir a equipos capaces de mantener ≤ 4 °C de manera estable.

¿Es obligatorio registrar las temperaturas cada día?

La ley fija los valores, y las guías oficiales de la ACSA y de la ASPB recomiendan el plan de control de temperaturas con registros como prerrequisito del autocontrol, que sí es obligatorio (art. 5 del Reglamento 852/2004). En la práctica, sin registros continuos no puedes acreditar el cumplimiento ante una inspección: la pauta habitual es registrar en cada turno según lo que establezca tu propio plan.

¿Qué debo hacer si una cámara marca una temperatura fuera de límite?

Confirma la lectura, mide la temperatura del producto afectado, decide (trasladar, acortar vida útil, cocinar inmediatamente o rechazar) y registra la desviación con la medida correctora y el responsable. Si el equipo repite desviaciones, documenta también la intervención de mantenimiento: una incidencia bien cerrada demuestra que el autocontrol funciona.

¿Puedo usar huevo fresco en las elaboraciones?

Sí, con condiciones: el artículo 6 del RD 1021/2022 permite emplear huevo fresco si la elaboración alcanza como mínimo 70 °C durante 2 segundos (o 63 °C durante 20 segundos) en el centro del producto y es de consumo inmediato. Para elaboraciones que no alcancen esos valores, hay que recurrir a ovoproductos pasteurizados.

Fuentes oficiales consultadas

Este contenido se ha elaborado a partir de las fuentes oficiales siguientes:

BOEACSA

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Este contenido tiene carácter informativo y divulgativo. No sustituye el asesoramiento legal, sanitario o técnico específico para tu establecimiento. La normativa puede cambiar: consulta siempre la versión vigente en las fuentes oficiales.