Guía laboral

El convenio de hostelería: cuál te aplica y qué fija

Casi todas las preguntas concretas de la gestión laboral de un restaurante —cuánto se cobra, cuántas horas al año, qué pluses, cuánto preaviso— tienen la misma respuesta: «lo que diga tu convenio». Esta guía explica cómo saber cuál es el tuyo, dónde encontrarlo y qué leer en él con lápiz.

Redacción: Equipo editorial de Kokoro AI Revisión técnica: Operaciones y Personas Publicado: 20 de agosto de 2026 Última revisión: 20 de agosto de 2026 8 min de lectura

En hostelería, la negociación colectiva tiene dos pisos. Arriba, el ALEH VI —el VI Acuerdo Laboral de ámbito Estatal para el sector de Hostelería (Resolución de 20 de enero de 2023)— fija la estructura común para todo el país: la clasificación profesional en grupos, el régimen disciplinario, la formación. Abajo, los convenios provinciales o autonómicos de hostelería fijan lo que se cobra y se trabaja: tablas salariales, pluses, jornada anual, preavisos. El que te aplica se determina por la provincia de tu centro de trabajo y tu actividad — no por dónde tenga la sede la sociedad. Saber cuál es tu convenio y tenerlo leído no es erudición: es la diferencia entre una nómina defendible y una deuda que crece.

Dos pisos: qué fija el ALEH VI y qué fija tu provincia

Marco legal

El ALEH VI (VI Acuerdo Laboral de ámbito Estatal para el sector de Hostelería, publicado por Resolución de 20 de enero de 2023) establece la estructura de la negociación colectiva del sector y regula las materias reservadas al ámbito estatal: clasificación profesional en grupos, régimen disciplinario y formación, entre otras. Los salarios y pluses los fijan los convenios provinciales o autonómicos de hostelería, que son el ámbito real de negociación retributiva.

MateriaDónde se regula
Clasificación profesional (grupos, encuadramiento de puestos)ALEH VI (estatal)
Régimen disciplinario (faltas y sanciones)ALEH VI (estatal)
Formación en el sectorALEH VI (estatal)
Tablas salariales por grupo y nivelConvenio provincial / autonómico
Pluses (nocturnidad, partido, festivos…)Convenio provincial / autonómico
Jornada anual y su distribuciónConvenio provincial / autonómico
Preavisos (p. ej., de dimisión) y otras condicionesConvenio provincial / autonómico

La consecuencia práctica: cuando un puesto se encuadra o se sanciona una falta, miras el ALEH VI; cuando pagas una nómina o cuadras la jornada del año, miras tu convenio provincial. Los dos textos conviven y se complementan — y necesitas los dos a mano.

Cuál te aplica: provincia del centro y actividad

La regla operativa tiene dos coordenadas:

  • Territorio: la provincia (o comunidad) del centro de trabajo. No la del domicilio social, ni la de la gestoría. Un grupo con la sociedad domiciliada en Madrid y un restaurante en Sevilla aplica en ese local el convenio de hostelería que corresponda a Sevilla. Con centros en varias provincias, cada centro aplica el suyo: mismas funciones, tablas distintas.
  • Actividad: la que realmente desarrolla el centro. Los convenios de hostelería definen su ámbito funcional (restaurantes, bares, cafeterías, alojamiento, colectividades…). La actividad real del establecimiento es la que determina el encaje, no el epígrafe que resulte más cómodo.

Los casos dudosos existen —locales mixtos, obradores con degustación, dark kitchens— y en ellos la lectura del ámbito funcional del convenio se vuelve fina: ahí sí, consulta con tu asesoría antes de decidir, porque aplicar el convenio equivocado contamina cada nómina desde el primer día.

Nota

«No aplicar ninguno» no es una opción disponible. Si tu actividad entra en el ámbito de un convenio de hostelería vigente, sus condiciones son mínimos exigibles: las nóminas por debajo de tabla son deuda desde el primer mes, aunque nadie la haya reclamado todavía.

Cómo localizar tu convenio y su versión vigente

Tres vías, de más a menos directa:

  1. El boletín oficial de tu provincia (o comunidad). Los convenios y sus revisiones salariales se publican en él; buscar «convenio colectivo hostelería» más tu provincia suele llevarte al texto y a las tablas más recientes.
  2. El registro oficial de convenios (el registro estatal de convenios y acuerdos colectivos, gestionado por el Ministerio de Trabajo), donde se depositan los textos.
  3. Las asociaciones empresariales de hostelería de tu territorio, que difunden los textos consolidados y las revisiones de tablas entre sus asociados.

Dos comprobaciones al tenerlo delante. Primera, la vigencia: los convenios se revisan, y las tablas del año pueden publicarse con retraso y efectos retroactivos — cuando eso ocurre, tocará regularizar atrasos, exactamente igual que ocurrió con el SMI (lo contamos en la guía del SMI 2026). Segunda, el ámbito: confirma en los primeros artículos que tu actividad y tu territorio están dentro. Un convenio precioso de otra provincia no te sirve de nada.

Qué leer con lápiz: los ocho apartados que gobiernan tu operación

  • Jornada anual. La cifra contra la que cuadras todo el año, normalmente por debajo del máximo legal de 40 h de promedio (art. 34.1 ET). Es la base del cuadrante y del valor hora.
  • Tablas salariales por grupo y nivel. Con la clasificación del ALEH VI como mapa: qué grupo corresponde a cada puesto de tu plantilla y qué salario fija la tabla para él.
  • Pluses. Nocturnidad, turno partido, festivos, y los específicos que tu convenio añada. Cuantías, condiciones de devengo y compatibilidades — el detalle operativo está en la guía de pluses de partido, noche y festivos.
  • Distribución de la jornada y bolsa de horas. Qué margen da a la distribución irregular (sobre el mínimo del art. 34.2 ET) y cómo se compensan los excesos.
  • Preaviso de dimisión. El plazo que la persona debe preavisar al irse — en hostelería suele rondar los 15 días — y sus efectos, relevantes para el finiquito.
  • Vacaciones y festivos. Mejoras sobre los 30 días naturales del art. 38 ET, reglas de calendario y compensación de festivos.
  • Complementos y mejoras de IT. Si el convenio mejora la prestación en baja (relevante para el coste real del absentismo).
  • Régimen disciplinario. Está en el ALEH VI: tipificación de faltas y sanciones que tendrás que citar en cualquier expediente.

Qué debes recordar

  • La negociación colectiva de hostelería tiene dos pisos: el ALEH VI (estatal) fija clasificación profesional, régimen disciplinario y formación; los convenios provinciales o autonómicos fijan salarios, pluses y jornada.
  • Tu convenio se determina por la provincia del centro de trabajo y la actividad real — no por el domicilio social. Con varios centros, cada uno aplica el suyo.
  • Las condiciones del convenio son mínimos exigibles: pagar por debajo de tabla es deuda desde el primer mes, se reclame o no.
  • Localiza el texto en el boletín oficial de tu provincia o en el registro de convenios del Ministerio, y comprueba vigencia y ámbito antes de aplicarlo.
  • Lee con lápiz ocho apartados: jornada anual, tablas, pluses, distribución irregular, preaviso de dimisión, vacaciones, mejoras de IT y (en el ALEH VI) régimen disciplinario.
  • Las revisiones de tablas pueden publicarse con efectos retroactivos: al aplicarlas, toca regularizar atrasos.
  • Ningún convenio puede empeorar los mínimos del ET, y ninguna nómina puede quedar por debajo del SMI en cómputo anual.

Preguntas frecuentes

¿Qué convenio aplica a mi restaurante si la empresa tiene sede en otra provincia?

El de la provincia (o comunidad autónoma) donde está el centro de trabajo, no el del domicilio social. Un restaurante en Valencia con la sociedad domiciliada en Madrid aplica el convenio de hostelería que corresponda a Valencia. Si el grupo tiene locales en varias provincias, cada centro aplica el convenio de su territorio, con sus tablas y pluses propios, aunque las funciones de la plantilla sean idénticas en todos.

¿Qué es el ALEH VI y en qué me afecta?

Es el VI Acuerdo Laboral de ámbito Estatal para el sector de Hostelería, publicado por Resolución de 20 de enero de 2023. Fija la estructura común del sector: la clasificación profesional en grupos (el mapa para encuadrar cada puesto), el régimen disciplinario (las faltas y sanciones que puedes aplicar) y la formación. No fija salarios: eso corresponde a tu convenio provincial o autonómico. En la práctica trabajarás con los dos textos a la vez.

¿Dónde encuentro las tablas salariales de mi convenio?

En el boletín oficial de tu provincia o comunidad, donde se publican el convenio y sus revisiones salariales; también en el registro oficial de convenios del Ministerio de Trabajo y a través de las asociaciones de hostelería del territorio. Comprueba siempre que manejas la revisión vigente: las tablas se actualizan, a veces con efectos retroactivos, y pagar con una tabla vieja genera atrasos que habrá que regularizar.

¿Puedo pagar por debajo del convenio si el trabajador está de acuerdo?

No. Las condiciones del convenio son mínimos de derecho necesario para su ámbito: un pacto individual por debajo de tabla no es válido y la diferencia es deuda salarial exigible, con independencia de lo firmado. El margen del pacto individual está por encima del convenio (mejoras), nunca por debajo. Si además la retribución quedara por debajo del SMI en cómputo anual, se sumaría el incumplimiento del suelo salarial general.

¿Qué pasa si mi actividad no encaja claramente en el convenio de hostelería?

Los convenios definen su ámbito funcional en los primeros artículos, y los casos límite (local mixto, obrador con degustación, cocina para delivery) se resuelven leyendo ese ámbito contra la actividad real del centro. Es una decisión con consecuencias en cada nómina, así que en caso de duda consúltala con tu asesoría antes de fijarla. Lo que no es defendible es elegir convenio por conveniencia retributiva: el aplicable es el que corresponde a la actividad, no el más barato.

Fuentes oficiales consultadas

Este contenido se ha elaborado a partir de las fuentes oficiales siguientes:

BOE

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